15/11/20

Encuadre de la agricultura industrial luego del fallo "Cortese" - 7/11


El sábado 7 de noviembre se llevó a cabo, mediante plataforma virtual, una presentación del fallo dictado el 15 de octubre pasado por la Cámara Federal de Rosario, en la emblemática causa “Cortese”, fallo que confirmó la medida cautelar restrictiva de uso de agroquímicos en la periferia de la ciudad de Pergamino e incluyó al Estado bonaerense como destinatario del deber de ejecución de esa medida.


El comentario del fallo estuvo a cargo del Dr. Gustavo Apesteguía, Director del Instituto de Derecho Agrario y Ambiental del Colegio de Abogados de Pergamino (IDAA) y Secretario del Instituto Argentino de Derecho Agrario (IADA). El desarrollo del programa estuvo a cargo del IDAA, por su Secretario, el Dr. Juan M. Kloster, y la presentación de la exposición, de parte del IADA, por su Viceperesidenta, la Dra. Alba de Bianchetti, Doctora en Derecho Público, Política y Gobierno y Profesora de Derecho Agrario y Ambiental e Investigadora de la Universidad Nacional del Nordeste (UNNE); Magister en Derecho Fundiario y  Empresa Agraria; Miembro del Consejo Directivo del Comité Americano de Derecho Agrario (CADA) y de la Unión Mundial de Agraristas Universitarios (UMAU).


Se expusieron las notas generales del fallo –la más destacada, la preponderancia del tratamiento de la prueba, que consume la mayor extensión a través del Considerando 5º- y el esquema presentado por el Tribunal, centrado en los dos agravios de la Municipalidad de Pergamino –primero, la alegada extralimitación de la “competencia cautelar” por ir más allá de la “competencia administrativa” en la materia del control de uso de agroquímicos, y, segundo, el alegado abuso del principio precautorio por parte del Juez de primera instancia-. El Dr. Apesteguía, luego de aclarar que la modalidad del comentario a fallo era introductoria, pudo desmenuzar los aspectos centrales del abordaje que hizo el Tribunal de los agravios y su plena desestimación, destacando el tratamiento respecto al peligro en la demora, asunto que ocupa otro lugar radical de la resolución, por mostrar los daños al ambiente y a la salud constatados en primera instancia. El rol del Estado, y en especial el rol del municipio a la hora de impugnar la medida cautelar considerando únicamente el aspecto económico-productivo, llevaron a preguntarse si no hubo extralimitación por apelar una cautelar ambiental ligada a daños probados en grado de gran verosimilitud, cuando es deber constitucional del Estado -en todos los niveles- resguardar el ambiente y la salud.


Ambos institutos agradecen la asistencia de los Dres. Gustavo González Acosta (Consultor Experto en el SENASA y directivo del IADA), Viviana Reineri (Directora del Instituto de Derecho Ambiental del Colegio de Abogados de Morón y Secretaria de la Comisión de Derecho Ambiental y Agrario del Colproba), Natalia Llamazares (Directora del Instituto de Derecho Ambiental del Colegio de Abogados de Necochea), directivos del IADA (María A. Victoria, Nancy Malanos, Roxana Romero, Gabriela Alanda y Julián Augé) y miembros estables del IDAA (Luciana Farina y Silvina Sangiorgio), además de otros distinguidos colegas. La reunión fue producida por Amalia Apesteguía Marzo, colaboradora del IDAA.